TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 019/84 ----------------------------------- ARTICULO 1.- Procédase a los descuentos establecidos en el Artículo 2º sobre los va- ----------------- lores facturados por las Tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Con- servación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios de los jubilados y pensionados del Par- tido de Balcarce.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2.- Serán acreedores a los siguientes beneficios: ----------------- a) de eximición: a los jubilados y pensionados que perciban hasta una (1) pensión o jubilación mínima.- b) del 30% (treinta por ciento) de descuento a quienes perciban hasta dos (2) haberes jubilatorios mínimos o dos (2) pensiones mínimas o jubilación y pensión mínima del grupo familiar o ingreso por actividades profesionales o artesanales que no superen el 50% (cin- cuenta por ciento) de una jubilación mínima.- En todos los casos no podrán ser propietarios de más de un inmueble en carácter de ca- sa habitación en las condiciones establecidas en el Artículo 82 de la Ordenanza Fiscal vigente.--------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Lo normado en el Artículo 1º tendrá vigencia durante el ejercicio fiscal -----------------1984.------------------------------------------------------------------ ARTICULO 4.- Los pagos efectuados por contribuyentes comprendidos en la presente ----------------- Ordenanza no tendrán derecho de repetición, quedando como pagos a cuenta de futuros vencimientos.---------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- La Secretaría de Hacienda será el organismo de aplicación de la presen- ----------------- te Ordenanza.---------------------------------------------------------- ARTICULO 6.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.----------------------- ----------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, el primer día del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alberto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.------------------------------------ ORDENANZA Nº 019/84 ---------------------------